PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, sustentada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada el 02 de mayo de 2019, por los ciudadanos BILKEN JOSÉ MANIGLIA VELIZ y MARITZA PÉREZ ARISMENDI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 8.902.237 y V- 4.837.079, respectivamente; asistidos por la profesional del derecho MICHELINA ALIFANO GUANCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio titular de la cédula de identidad V- 6.916.917, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 110.630.-
SEGUNDO: Consecuente con lo decidido, se declara DISUELTO EL MATRIMONIO contraído el 08 de marzo de 1.985, por los ciudadanos BILKEN JOSÉ MANIGLIA VELIZ y MARITZA PÉREZ ARISMENDI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 8.902.237 y V- 4.837.079, respectivamente; por ante la PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DEL MUNICIPIO ATURES DEL ESTADO AMAZONAS, según consta en Acta de Matrimonio anotada ba.....