IV
DECISIÓN
En razón de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir la demanda de abstención o carencia, interpuesto por el abogado ELIAS DE JESUS HENECHE TOVAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 44.836, actuando en su PROPIO NOMBRE Y REPRESENTACIÓN, contra la DIRECCION ADMINISTRATIVA REGIONAL DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO presentado por el abogado ELIAS DE JESUS HENECHE TOVAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 44.836 actuando en su propio nombre y representación, de conformidad con lo establecido en los artículos 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por remisión del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
.....