-V-
-DECISIÓN-
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: su COMPETENCIA para conocer la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR, interpuesta por el ciudadano RÉGULO JOSÉ RIVERO GARMENDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.318.467, Abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.359, actuando en su carácter de Consultor Jurídico y Apoderado Judicial de la COMPAÑÍA ANÓNIMA PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS INDUSTRIALES DE BARQUISIMETO (COMDIBAR C.A.), contra el REGISTRO PÚBLICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional interpuesta.
TERCERO: se declara d.....