La EXTINCION DEL PROCESO de ACCION REIVINDICATORIA DE PROPIEDAD interpuesto por el ciudadano VICENTE AMABILE DELGADO, titular de la cedula de identidad Nos. V-10.962.103; en contra de la ciudadana MARIA LEOPOLDINA UZCATEGUI ALVARADO, titular de la cedula de identidad No. V-12.884.369; de conformidad en el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil Vigente. SEGUNDO: Se declara PERIMIDO LA CAUSA y el demandante no podrá volver a intentarla antes de que transcurran los NOVENTA (90) DIAS CONTINUOS (calendario) después de verificada la perención de conformidad en el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil Vigente.