Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por la ciudadana TANIA MARITZA RIERA DE PALENCIA, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.691.950, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO PALENCIA, venezolano, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.942.064, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante la Junta Parroquial de la Parroquia Trinidad Samuel, Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 13 de Julio del año 1995, quedando inserta el Acta bajo el Nº 146, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.