Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO realizada por la ciudadana LAURA ROSA GOMEZ DE CUICAS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº. V- 10.764.027, contra el ciudadano GUSTAVO DAVID CUICAS TORRES, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N° V- 10.766.896. SEGUNDO: En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Las Mercedes, Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 22 de diciembre de 1989, acta Nº 18, folio 37 frente, del año 1989, asentada en los Libros de Registro Civil d.....