´´PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente inhibición planteada por la abogada MILANGELA MERCEDES JIMÉNEZ ESCALONA, en su condición de Jueza del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: CON LUGAR la inhibición planteada por la abogada MILANGELA MERCEDES JIMÉNEZ ESCALONA, en su condición de Jueza del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto judicial N° KP02-M-2024-000141.
TERCERO: Se acuerda notificar mediante oficio la abogada MILANGELA MERCEDES JIMÉNEZ ESCALONA, en su condición de Jueza del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de la presente decisión con copia certificada de la misma, y al Juzgado donde se encuentre el asunto judicial N° KP02-M-2024-000141.
´´