´DECISIÓN
Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos MARÍA LUISA FUENTES y WLADIMIR RAFAEL ARISTIMUÑO HURTADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V.-23.923.946 y V.-18.418.646, respectivamente, contraído el 27 de septiembre de 2007, ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan de Macarapana del Municipio Sucre del Estado Sucre. Así se decide.-
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