-V-
DECISIÒN
En atención a las consideraciones que anteceden este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la QUERELLA FUNCIONARIAL, conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR, interpuesta por el ciudadano NELSON JOSÈ APOSTOL PERALTA, titular de la cédula de identidad N°V-21.506.591, actuando en este acto su propio nombre y representación, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 301.560; contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en el Oficio Nº CG/2026/62 emanados por la COORDINACIÒN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: se ADMITE a sustanciación la presente QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta salvo su apreciación en la definitiva. En consecuencia, se acuerda: PRIMERO: OFICIAR al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÙBLICA, para .....