DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio incoada por la ciudadana SAILU ELAINE GUZMAN RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V- 10.333.844, quien contrajo matrimonio con el ciudadano MAURO RAFAEL MARRERO CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 4.506.779.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 05 de septiembre de 2002, ante la ante la Oficina Subalterno del Registro Civil Parroquia Zuata, Municipio José Gregorio Monagas del estado Anzoátegui, quedando asentada en el Registro Civil de Matrimonios, llevado por ante ese Despacho, bajo acta N° 08, corre.....