se Declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio y en Consecuencia Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído en fecha veintidós (22) de septiembre de 2011, en la Provincia de Sancti Spiritus de la República de Cuba ante la autoridad José Ramón Port Al Alonso, según se desprende del libro de inscripciones de matrimonios de ciudadanos venezolanos en el exterior llevado por el Consulado de la República Bolivariana de Venezuela, en la República de Cuba e inserta posteriormente por ante el Registro Civil del Municipio Jiménez, bajo el N° 75, de fecha Veintiocho (28) de septiembre de 2012, dicha acta consta en los libros de actas de matrimonio llevados por el mencionado Registro, por los Ciudadanos ANABELLA CECILIA PADRON DE CHANG y MANUEL CHANG GARCIA venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad No V-7.418.798 y V-33.440.262 respectivamente e igualmente el último de los nombrados con carnet de identidad Cubana N° 71041401587. Ofíciese a los organismos competentes.....