PRIMERO: COMPETENTE para el conocimiento del presente Recurso de Apelación interpuesto en fecha 30 de septiembre de 2025 por la abogada en ejercicio MARIA DEL PILAR AÑEZ ARAUJO, actuando en su carácter de apoderada judicial de los codemandados AQUILES DOMINGO PEREIRA SUAREZ, ABDIAS ANTONIO CISNEROS PAREDES, ANTONIO JOSE STUMPO MELENDEZ, JOSE KAWAM KAWAM y MARIA GABRIELA SANCHEZ NAVARRO, contra la Sentencia definitiva dictada en fecha 24 de septiembre de 2025, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto signado con la nomenclatura KP02-M-2021-000008, juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE PRESTAMO CON GARANTIA PRENDARIA Y NULIDAD DE DOCUMENTO DE VENTA.
SEGUNDO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto en fecha 30 de septiembre de 2025, por la abogada en ejercicio MARIA DEL PILAR AÑEZ ARAUJO, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nro. 6.673, en su carácter.....