DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la pretensión que por RESOLUCION DE CONTRATO incoara por el abogado DANIEL BENCOMO, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES VITO PREMIUM, C.A., contra la ciudadana CARMEN MENDONCA, suficientemente identificados en el encabezado del presente fallo; consecuentemente, se hace del conocimiento de la parte actora que para proponer nuevamente la pretensión contenida en la causa ha de dejarse transcurrir íntegramente el lapso de noventa (90) días continuos contemplado en el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regíst.....