(...)
"...en consecuencia, vista la solicitud de desistimiento presentada por el apoderado judicial de la parte actora, quien se encuentra debidamente facultado, según se evidencia de instrumento poder inserto a los autos, específicamente al folio 9, lo HOMOLOGA, dándole efecto de cosa juzgada, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público. Y así establece.
LA JUEZ
NEREIDA HERNANDEZ GONGALEZ.-
LA SECRETARIA
ESTEFANIA OROPORTE BLANCO
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
LA SECRETARIA
ESTEFANIA OROPORTE BLANCO