En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, en la presente demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, incoada por la Sociedad Mercantil ‘’INVERSIONES FAGUS S.A.’’, representada por sus apoderados judiciales ROBERT DAVID ARRIECHE, RICARDO ARTURO NAVARRO URBAEZ GLADYS MARIA RODRIGUEZ GODOY, JOSE JARRINSON QUINTERO BAUTISTA y EDGAR JOSE BENITEZ COHIL e inscritos en el I.P.S.A bajo el N°170.026, 21.085 y 198.698, 229.787 y 226.756, contra la Sociedad Mercantil ‘’MULTI LUB TIRE C.A.’’ al estado de CONTESTACIÓN y SE DECLARA LA NULIDAD de las actuaciones que rielan en el folio ochenta (80) al folio ciento cuarenta y cuatro (144) del presente asunto principal signado bajo el N° KN05-V-2024-00001 y como vía de cons.....