´ADMITE LA ACCIÓN DE AMPARO interpuesta por el ciudadano FERNANDO JUNIOR DE FREITAS DA SILVA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V- 16.248.421, debidamente asistido por la abogada MARÍA EUGENIA MELENDEZ CORDERO inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 219.443, en contra de las actuaciones desplegadas por Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en los articulo 1 y 2 de la Ley Orgánica, y en de Amparo Sobre derechos y Garantías Constitucionales y en acatamiento de la sentencia de fecha 01-02-2000 con la ponencia del Magistrado JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO por mandato constitucional vinculante para todos los Tribunales de la República.
Se ordena librar Boleta de Notificación al presunto agraviante, previ.....