este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta: PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE, para conocer la presente INTERDICCION CIVIL, presentada por el ciudadano RAFAEL EDUARDO GAMARRA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.313.067 en beneficio del ciudadano VICTOR JAVIER GAMARRA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de identidad N° V-11.274.194, ambos de este domicilio. SEGUNDO: En razón del particular primero, este Juzgado declina el conocimiento de la presente solicitud a un Juzgado de Primera de Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Protección de niños, niñas y adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. TERCERO: Se ordena librar oficio dirigido a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del área civil del .....