Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO intentada por el ciudadano ROALD CRESPO PIÑANGO, Venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-11.431.673, contra el ciudadano VICTOR ERNESTO LUCENA MOLERO, Venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-14.938.698.
SEGUNDO: SIN LUGAR la reconvención por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO planteada por la parte demandada.
TERCERO: en virtud de la anterior decisión se declara RESUELTO EL CONTRATO de promesa bilateral de compraventa suscrito por las partes en fecha 24 de septiembre de 2021.
CUARTO: Se ordena a la parte demandante la devolución de la cantidad de VEINTE NUEVE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES, (USD $ 29.500,00), suma esta resultan.....