-IV-
DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones de hecho y de derecho expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripcion Judicial del estado lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: TEMPESTIVA la solicitud de aclaratoria.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud presentada en fecha 13 de mayo de 2026, por la ciudadana Melissa Zuhey Barrios, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 234.322, asistiendo a la parte demandante.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripcion Judicial del estado lara, en Barquisimeto, a los veinte (20) días del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026). Años: 216º de la I.....