Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y declara a los ciudadanos NELSON JOSE PACHECO ALVAREZ, HIPOLITO SEGUNDO PACHECO ALVAREZ, ALEXIS SILPICIO PACHECO ALVAREZ (+), MARIA FRANCISCA PACHECO ALVAREZ, EDGAR HIPOLITO PACHECO ALVAREZ (+) y MARCOS ANTONIO PACHECO, titulares de las cedulas de identidad N° V-7.305.653, V- 2.540.637, V-26.556.869, V-7.366.594, V-7.419.133 y V-4.725.412, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus MARIA DOLORES ALVAREZ DE PACHECO.