PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente Recusación, interpuesto por el ciudadano CARMINE EDUARDO PETRILLI STELLUTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.402.530 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 108.822, y actuando en esta oportunidad como apoderado judicial de la parte demandada en el presente asunto, contra la ciudadana abogada MILANGELA MERCEDES JIMENES ESCALONA, Jueza Provisoria del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circuncripcion Judicial del estado Lara
SEGUNDO: CON LUGAR la RECUSACIÓN planteada por el ciudadano CARMINE EDUARDO PETRILLI STELLUTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.402.530 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 108.822, y actuando en esta oportunidad como apoderado judicial de la parte demandada en el presente asunto, contra la ciudadana abogada MILANGELA MERCEDES JIMENES ESCALO.....