PRIMERO: IMPROCEDENTE, la inhibición planteada por la abogada MILÁNGELA MERCEDES JIMENEZ ESCALONA, en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito dela Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto signado con la nomenclatura KP02-F-2023-000425.
SEGUNDO: Remítase copia fotostática certificada de la presente decisión al Juez a cargo del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito dela Circunscripción Judicial del Estado Lara; así mismo, remítase copia fotostática certificada al Juzgado que por distribución le haya correspondido conocer el asunto signado con la nomenclatura KP02-F-2023-000425.