En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Decimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio incoada por la ciudadana STEFANY YUDITH IZQUIEL MEJIAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-24.843.569, quien contrajo matrimonio con el ciudadano ARNOLDO JESUS ARCAYA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.130.962.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 02 de febrero de 2018, ante la Oficina de Registro Civil de Baruta, del Estado Bolivariano de Miranda, llevado por ante ese Despacho, bajo acta N° 31, correspondiente al año 2018.
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación dirigidos a la Oficina de Registro Civil de .....