Se declaró CON LUGAR la demanda de Divorcio, fundamentada en lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, realizada por la ciudadana MARLENIS COROMOTO MARTÍNEZ ARANGUREN, contra el ciudadano CARLOS VIDAL MENDOZA TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.194.299 y V-15.580.270, respectivamente. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, los cuales contrajeron matrimonio civil ante el Registro Civil del Municipio Jiménez, parroquia Paraíso de San José, acta N° 04, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese Despacho