Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO realizada por el ciudadano YOAN MIGUEL AMARO ROJAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº. V- 17.019.488, contra la ciudadana MARIA LOURDES BRETO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 10.673.025. SEGUNDO: En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante el Registro Civil de la Parroquia Yagua Municipio Guacara, Estado Carabobo; en fecha 01 de abril de 2014, acta Nº 42, del año 2014, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese Despacho. Expídanse copias certifica.....