Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud como lo son: copia certificada del acta de nacimiento N° 239, folio 120 fte, año 1958, del ciudadano Gregorio Antonio, expedida por el Registro Civil del Municipio Urdaneta, Parroquia Xagas, del Estado Lara. (f. 02); copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana Asunción de las Mercedes, expedida por el Registro Civil del Municipio Urdaneta, Parroquia Xagas, del Estado Lara. (f. 03); impresión de planilla del registro electoral (f. 04); copia simple del acta de matrimonio de los ciudadanos Francisco Antonio Quero y Concepción de las Mercedes Meléndez, expedida por el Registro Civil del Municipio Urdaneta, del Estado Lara. (f. 05); copias fotostática de las cédulas de identidad de los ciudadanos Asunción de las Mercedes Meléndez de Quero y Gregorio Antonio Quero Meléndez, (fs. 06 y 07); copia certificada del acta de matrimonio de los ciudadanos Francisco Antonio Quero y Concepción de .....