Por las razones expuestas, este Juzgado Primero Superior (1º) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE REVOCAN todas las actuaciones a partir del auto de fecha 25 de junio de 2021 y subsiguientes. SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado de que un Tribunal de juicio de continuidad al presente juicio en los términos expuestos ut supra, todo ello en atención a lo que previsto en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que se deberá remitir el asunto a la Coordinación de Secretarios y Asistentes de la instancia respectiva, para que incluya el expediente en el Sorteo de los asuntos que puedan corresponder a los Tribunales de Juicio de este Circuito Judicial: TERCERO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del fallo.