Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA HOMOLOGACION DE LA TRANSACCION, solo respecto a los hechos litigiosos comprendidos en la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en los términos señalados en la presente decisión, presentada por el ciudadano JOSÉ GONZALO GUTIÉRREZ RUÍZ, parte actora, representada por el abogado EDGAR EDMUNDO PINEDA CÁCERES, inscrito en el IPSA Nº 322.469, por una parte, y por la otra parte, el abogado el abogado RAFAEL JOSÉ VILLEGAS ASCANIO, IPSA Nº 7.068., en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; TIPOGRAFÍA LAGO C.A., Segundo: Se ordena expedir por copia certificada para que repose en el cop.....