DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: FREITEZ DE GUZMAN DAILETH LILIANA y GUZMAN RAMÓN ANTONIO ESCALONA, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Bolívar, Municipio Morán del estado Lara, en fecha 29 de agosto de 2.014, anotado bajo el acta Nº 223, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios respectivo, llevado durante el año 2.014. Durante la unión matrimonial, NO procrearon hijos, y SI tienen bienes que liquidar