Este Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, inserto en el folio tres (03), conforme a los artículos 444, 450, y 363 del Código de Procedimiento Civil, y consecuencialmente téngase por RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO DE COMPRA-VENTA intentado por ciudadano KEVIN ALEJANDRO SIRA RODRIGUEZ, debidamente asistido por la abogada MARIA MUJICA PINEDA, contra: los ciudadanos MARPI ELENA NIÑO DE ROA y ALFREDO JOSE ROA CAMBERO, debidamente asistido por la abogada en ejercicio CARMEN MERCEDES PINEDA.