DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Decimo Séptimo (17º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la Sentencia Nro. 693, de fecha 02 de junio de 2015, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por los ciudadanos ANA JOSEFINA PEREZ CACERES Y ENDRY JOSE BELISARIO PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad número V-10.489.305. y V.-9.960.895, respectivamente, debidamente asistido por la abogado OSCAR JOSE RONDON DUARTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 321.960.
SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los cónyuge.....