Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto, por el ciudadano REINALDO ISEA CHIRINOS, actuando como Abogado Defensor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), en contra de la decisión dictada en fecha 11 de Enero de 2013, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, en la que decretó la medida de Detención para asegurar la comparecencia a la Audiencia Preliminar, conforme a lo establecido en el articulo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, e igualmente INADMISIBLE el aspecto de la apelación en cuanto a la precalificación jurídica, todo ello por no cumplir con el principio de impugnabil.....