Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: La HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN celebrada por las partes, en el procedimiento por calificación de despido interpuesta por el ciudadano DORIAN GUSTAVO PERLAZA LEÓN contra la FUNDACIÓN FONDO NACIONAL DE TRANSPORTE URGANO, ambas partes antes identificadas otorgándole efecto de cosa juzgada. En consecuencia, se deja constancia que se dejará transcurrir el lapso para que las partes ejerzan los recursos que consideren pertinente, de lo contrario se ordenará la remisión del expediente al Tribunal que conoció en fase de mediación.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa de acuerdo a la naturaleza del presente fallo.
El lapso para ejercer .....