D I S P O S I T I V A
Por todas las consideraciones antes expuestas esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación, presentado por las Profesionales del Derecho MERY GOMEZ CADENAS, en su carácter de Fiscal Octavo (8°) a Nivel Nacional con Competencia Plena, y YOLAINES BENAVENTES, en su carácter de Fiscal Auxiliar Octavo (8°) a Nivel Nacional con Competencia Plena, recurso fundamentado según lo establecido en el artículo 447 (derogado) hoy artículo 439 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 07 de diciembre de 2011, mediante la cual DECLARÓ el Sobreseimiento a favor del ciudadano ENGELBERT RAÚL .....