Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO incoada por el ciudadano FRANCISCO CABOS contra de la ciudadana MARTA CREAZZOLA, identificados en la primera parte de la presente decisión. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que unió a las partes de este proceso celebrado ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora, del Departamento Libertador del Distrito Federal, según Acta de Matrimonio Nro. 253, folio Nro. 253, Año 1979.
Liquídese la comunidad conyugal.
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.