Vista diligencia, suscrita en fecha veintinueve (29) de febrero de 2016, por los abogados: GLADYS LEÓN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº51.444, en su carácter de apoderada judicial de la parte Accionante ciudadano ALFREDO ESTEBAN PÉREZ PINO, cédula de identidad N°V-6.360.224, en el juicio que por Ajuste de Pensión y Diferencia de Prestaciones Sociales incoare en contra de C.A. METRO DE CARACAS, y el ciudadano JOSÉ HERNÁNDEZ, abogado e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº104.534, en su carácter de apoderado judicial de la parte Demandada; este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, verifica los instrumentos poderes de las partes, que cursan a los autos y procede a HOMOLOGAR la Suspensión planteada por las partes en el presente asunto, por veinte (20) días hábiles, computados desde el 29 de febrero de 2015, fecha en la cual las .....