Por las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caidos interpuesta por la ciudadana EDITH STEIN contra la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA ELY-MATEUS C.A.; en consecuencia, se ordena a esta última a reenganchar a la trabajadora en las mismas condiciones que se encontraba para el momento del despido y a cancelar los salarios caidos desde la fecha de la notificación de la solicitud de calificación de despido hasta su efectiva reincorporación, a razón de un salario de 3.500,oo mensuales.