En tal sentido este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:: PRIMERO: DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en la demanda incoada por los ciudadanos HUMBERTO ROMAN LEAL, PABLO CATALINO RODRIGUEZ Y OTROS, identificados en autos contra la empresa PRODUCTOS EFE SA, cuya ultima modificación de su documento constitutivo estatutario consta según acta de asamblea inscrita en el Registro mercantil primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 28 de julio de 2009, inscrita ante la citada oficina de Registro en fecha 04 de febrero de 2010, quedando inserta bajo el N° 14, Tomo 23-A
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo".