Esta Juez Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el CONVENIMIENTO DE REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, presentado el ciudadano JONH LUIS MUÑOZ GONZALEZ, en su condición de Defensor de Niño, Niña y Adolescentes, Numero 341, adscrito a la Defensoría N° 056 "URQUIA", Ubicada en Parcelamiento La Fe, Urbanismo Macario, Edificio 07, Planta Baja, local C, Parroquia Macarao, y suscrito por los ciudadanos IBRAHIN ANTONIO LUGO LOPEZ y ELIZEY JOSEFINA PATIÑO ZERPA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.571.737 y V-15.161.811.