De acuerdo a los razonamientos legales expresados en la parte motiva de ésta sentencia, este Juzgado en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara improcedente la medida cautelar solicitada por la parte actora GINGER BELÉN MUÑOZ MEDINA en el juicio por cobro de prestaciones sociales intentado contra el INSTITUTO AUTÓNOMO POLICÍA MUNICIPAL DE SUCRE. Debido a la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. No se ordena la notificación de la parte actora antes identificada, al encontrarse a derecho.