De lo anteriormente narrado, se puede evidenciar que uno de los requisitos fundamentales a que hace mención la norma, es la comprobación de hechos o derechos propios del o los interesado, quienes acreditaron la su verificaciòn la consignación del acta de defunción de De-cuyus, partida de nacimiento de los herederos si lo estuviere, acta de matrimonio que haga presumir la existencia de la unión matrimonial, y copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los herederos, pero es el caso, que si bien es cierto, que fueron consignados todos los recaudos necesarios para la procedencia de la presente solicitud, no es menos cierto, que se trata de una persona distinta, como lo es SOTO IBARRA HELIMENAS, persona ésta que fue nacionalizada americano, en fecha 28 de Octubre de 1996, con el nombre de HELMAN ANTHONY SCHERSTEN, tal como se evidencia en la copia certificada del Acta de defunción Nº 335804487, emitida el 21 de marzo de 2007, por la Oficina de Estadística Vital del Estado de Flor.....