Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara Sin Lugar, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana BELXIS GIL GARCÍA, Defensora Pública Novena del Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), toda vez que la decisión dictada en fecha 09 de junio de 2011, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en función de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, mediante la cual impone al adolescente de autos, la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el literal "g" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, se encuentra debidamente motivada, y ajustada a los parámetros del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños.....