En razón a todos las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación especial con efecto suspensivo, ejercido por la Fiscalía Centésima Cuadragésima Segunda (142) de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión dictada en fecha 30 de julio de 2012, por el Juzgado Quinto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal y sede, conforme a la cual Negó la medida de privación judicial preventiva de libertad, contra el imputado LUIS MANUEL VELAOCHAGA POMA, e impuso la Medida Cautelar Sustitutiva de ésta, prevista en los numerales 3º, 4º y 5º del artículo 256 del Código Orgáni.....