este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA, dejándose expresa constancia que sólo aquellos conceptos que versen en materia laboral.
De igual manera, se deja constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
La Juez
La Secretaria
Leticia Morales Velásquez
Mariandrea González