Se dicto auto mediante el cual, es tribunal admite la solicitud de EJECUCIÓN de HIPOTECA, presentada por el ciudadano OSCAR GONZALEZ BARRIOS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, ciudadanos FLORA SOSA GONZALEZ y JUAN JOSE CAVAZOS GARZA, la primera venezolana y el segundo de nacionalidad mexicana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad números: V- 4.349.163 y E- 548.791, respectivamente, en contra del ciudadano, LUIS ALBERTO PINTO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad número: V- 8.041.898, de conformidad con lo establecido en el Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 661 eiusdem.