Este Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR la Medida de Protección en la Modalidad de Colocación Familiar en Familia Sustituta, en consecuencia, este Tribunal dispone:
PRIMERO: Se dicta MEDIDA DE PROTECCIÓN EN LA MODALIDAD DE COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA, en beneficio e interés superior de la niña de autos, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual ha de ejecutarse en la residencia de los ciudadanos, JOSÉ GUILLERMO GUTIÉRREZ MORA y BÁRBARA RITA RUBIO CRESPO, venezolano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-6.034.958 y V.-6.299.032, respectivamente, domiciliados en: Parroquia Sa.....