IV
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ello conforme lo establecido en los artículos 362 y 887, ambos del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: PROCEDENTE la pretensión que por DESALOJO ha incoado la Sociedad Mercantil RECUPERADORA FERPAL C.A., contra la ciudadana EMMA ANSOLA VEGAS C., todos identificados plenamente en la parte inicial del presente fallo.
TERCERO: En consecuencia, se condena a la parte demandada hacer entrega a la parte actora el inmueble identificado con el N° 61/2, ubicado entre las esquinas de Delicias a Puente Paraíso de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada, de confo.....