DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y obrando en virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: Improcedente la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y DAÑOS Y PERJUICIOS incoara la ciudadana TATIANA KADUSZKIEWICZ contra el CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL PLAZA LAS AMERICAS, todos identificados en la parte inicial del presente fallo.
SEGUNDO: Procedente la RECONVENCIÓN propuesta por la parte demandada, antes identificada. En consecuencia, se declara la nulidad absoluta del contrato de arrendamiento autenticado ante la Notaría Pública Séptima del municipio Baruta del estado Miranda el 25 de Octubre de 2004, inserto bajo el N° 39, Tomo 50 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría
TERCERO: Se condena a la parte actora para que entregue a la d.....