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Decisiones del dia 01/11/2019

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31S2019000975 N° Sentencia : PJ0062019000124 Fecha: 01/11/2019
Procedimiento:
Rectificacion De Acta
Partes:
MARIE ANGIE EQUIZ MARCANO
Resumen:
DECISIÓN En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por la ciudadana MARIE ANGIE EQUIZ MARCANO. expedida por el Registro Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, en fecha 15 de mayo de 2009, acta signada bajo el Nº 33, Y así se declara.- Líbrense los oficios a las autoridades respectivas conforme al artículo 152 ejusdem y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión una vez que la parte interesada consigne los fotostatos respectivos para tal fin, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Así se decide.- Regístrese, publíquese y Déjese copia. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad .....
Juez/Ponente:
Jenny Mercedes Gonzalez Franquis
Organo:
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AN36X2019000007 N° Sentencia : PJ0062019000123 Fecha: 01/11/2019
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
ARGYRIS MIGUEL LINARES VARGAS VS. CARMEN QUINTANA DE PERDOMO
Resumen:
En virtud de lo anterior se evidencia los extremos del artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, referente al periculum in mora, Fumus Boni Iuris se encuentre debidamente probado, así como el Periculum In Damni, en consecuencia llenos como se encuentra los requisitos exigidos en las citadas normas, a los fines de resguardar el derecho a la defensa y evitar una posible lesión que disminuya o enerve la situación jurídica que se denuncia infringida y por todos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal en el ejercicio de la potestad cautelar que le reconoce nuestro Código Adjetivo decreta MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA consistente en: "La prohibición a la parte demandada, en el presente proceso, ciudadano Marco Antonio Araujo Padrón, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad numero V-3.727.119, de realizar actos o vías de hecho que impidan el desarrollo de la actividad comercial de la actora, así como, se paralizar cualquier medida.....
Juez/Ponente:
Jenny Mercedes Gonzalez Franquis
Organo:
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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