En caso de no cumplimiento voluntario de la sentencia, el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo competente, aplicará lo preceptuado en el Art. 185 lopt.-
No hay condenatoria en costas por no haber resultado totalmente vencida la parte demandada. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, al primer dia del mes de diciembre de dos mil catorce Años 204º y 155º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
La Juez
Abg. Beatriz Pinto Colmenares
La Secretaria
Abg. Viviana Pérez
Siendo las 10:00 am, se publico y se dejo copia de la presente decisión.
La jueza
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. Viviana Pérez